viernes, 19 de septiembre de 2008

CONSEJO UNIVERSITARIO


Art.55 El Consejo Universitario es el órgano superior de dirección, ejecución, evaluación y promoción de la Universidad Privada de Tacna (UPT) y está integrado por:
a. El Rector, quien lo preside.
b. Los Vice Rectores.
c. Los Decanos de las Facultades y el Director de la Escuela de Post Grado.
d. Los representantes de los estudiantes en una proporción de un tercio de miembros del Consejo Universitario. Si para establecer el tercio estudiantil, queda fracción, se redondeará al número entero inmediato superior.
e. Un representante de los graduados como miembro supernumerario. Podrán participar en las sesiones del Concejo Universitario, el Presidente de la Federación de Estudiantes y el representante del gremio docente, con voz pero sin voto. Actuará como Secretario Técnico, el Secretario General de la Universidad; asimismo y cuando sean requeridos, asistirán los funcionarios del más alto nivel en calidad de asesores y/o para rendir informes, sólo con voz.(modificado por R.R. Nº 1194-96-UT-R, de fecha 28.11.96)
Art.56 Los representantes de los estudiantes y graduados son elegidos por un (01) año.
Art.57 Son atribuciones del Consejo Universitario:
a. Aprobar a propuesta del Rector el Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad.
b. Aprobar el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de Elecciones y todos los demás Reglamentos.
c. Aprobar el Presupuesto General de la Universidad y controlar su ejecución.
d. Aprobar el Calendario Académico de la Universidad.
e. Proponer a la Asamblea Universitaria, la creación, fusión, supresión o reorganización de Facultades, Escuelas, Departamentos, Centro e Institutos, Escuela de Post Grado y Programas Especiales.
f. Ratificar los Planes de Estudios o de trabajo aprobados por las Facultades y demás unidades académicas.
g. Conferir las distinciones honoríficas.
h. Conferir los Grados Académico y otorgar los Títulos Profesionales aprobados por las Facultades y por la Escuela de Post Grado.
i. Reconocer y revalidar los estudios, Grados y Título de Universidades extranjeras, si está autorizado para hacerlo.
j. Aprobar anualmente el número de vacantes para el examen de ingreso, previa propuesta de las Facultades.
k. Nombrar, contratar, remover y ratificar a los profesores y personal administrativo de la Universidad, a propuesta en su caso de las respectivas Facultades.
l. Declarar en receso temporal a la Universidad o a cualquiera de sus Unidades Académicas, cuando las circunstancias lo requieran; con cargo de informar a la Asamblea Universitaria.
ll. Aceptar legados y donaciones a nombre de la Universidad Privada de Tacna (UPT).
m. Acordar la suscripción de convenios.
n. Ejercer en instancia revisora el poder disciplinario de los integrantes de la Universidad.
ñ. Absolver consultas referentes a la interpretación del Estatuto de la Universidad.
o. Conocer y resolver en vía de apelación los acuerdos de los Consejos de Facultades y las resoluciones de los Decanos.
p. El Consejo Universitario puede conformar Comisiones, las que rendirán cuenta del pleno cumplimiento de su tarea.
q. Llevar el Registro de Grados y Títulos expedidos por la Universidad.
r. Nombrar y remover al Secretario General, Directores o Jefes de Unidades Administrativas.
s. Autorizar la ausencia y/o viajes del Rector y/o Vice Rectores mayores a cinco (05) días y recibir informe documentado de las gestiones y gastos realizados.
t. Aprobar la Memoria Anual del Rector, antes de su presentación a la Asamblea Universitaria.
u. Conocer, resolver y ejecutar todos los demás asuntos que no estuvieren expresamente encomendados a otras autoridades universitarias.

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