viernes, 19 de septiembre de 2008

ELECCIONES 2008



Este 24 de setiembre se inicia el proceso electoral del Estamento Estudiantil de la Universidad Privada de Tacna. Estudiantes y graduados deben participar integrando listas, en algunos casos, y sufragando en el acto eleccionario, para que sus respresentantes integren los órganos de gobierno de nuestra Institución.
En los Consejos de Facultad, en el Consejo Universitario y en la Asamblea Universitaria se adoptan importantes decisiones que marcarán el destino de la UPT... en el interior de cada uno de ellos deben hacerse sentir los estudiantes y los graduados... por eso, no seas indiferente y analiza la información que ponemos a tu alcance.



EL COMITÉ ELECTORAL

CONSEJO DE FACULTAD


Art.68 El gobierno de la Facultad corresponde al Consejo de Facultad y al Decano.
Art.69 El Consejo de Facultad está integrado por:
a. El Decano, quien lo preside.
b. Los representantes de los profesores ordinarios de la Facultad, será en número no mayor de doce y en la proporción siguiente:
. 1/2 profesores principales,
. 1/3 profesores asociados,
. 1/6 profesor auxiliar.
c. Un tercio de representantes de los estudiantes, del total de miembros del Consejo. Para establecer el tercio, se observará la norma prevista en el Inc.
e), in fine, del Art. 50.
d. Un representante de los graduados, con carácter supernumerario.
Podrán participar en las sesiones del Consejo, con voz el Secretario General del Centro Federado de Estudiantes y el representante del Gremio Docente. Actuará como fedatario del Consejo, el Secretario Académico de la Facultad.
Art.70 El quórum para la instalación y funcionamiento del Consejo de Facultad es la mitad más uno del número legal de sus miembros, de conformidad al Art. 40 de la Ley Universitaria Nº 23733.
Art.71 Son atribuciones del Consejo de Facultad:
a) Elegir al Decano y a los Directores de las Unidades Académicas.
b) Aprobar la política general de desarrollo de la Facultad.
c) Aprobar las estructuras curriculares de sus Escuelas, Secciones o Programas y evaluarlos periódicamente.
d) Aprobar los planes de estudio y de trabajo, y someterlos para su ratificación al Consejo Universitario.
e) Aprobar los planes de trabajo de las Escuelas, Institutos, Centro y/o Programas.
f) Proponer al Consejo Universitario el número de vacantes para el proceso de admisión.
g) Supervisar el cumplimiento de las labores académicas y administrativas de la Facultad.
h) Aprobar los Grados Académicos y los Títulos Profesionales, y elevarlos al Consejo Universitario para su otorgamiento.
i) Proponer al Consejo Universitario el contrato y nombramiento de profesores ganadores de concurso públicos; asimismo proponer su ratificación, promoción o remoción, como resultado de una evaluación
periódica y permanente.
j) Promover el perfeccionamiento constante de los docentes, propiciar la investigación y la extensión y proyección universitarias.
k) Proponer al Consejo Universitario la creación, fusión o supresión de Escuelas, Departamentos, Centros, Institutos, Programas y solicitar la autorización de su funcionamiento.
l) Resolver en primera instancia los asuntos disciplinarios sobre los docentes, estudiantes, personal administrativo y de servicio, de acuerdo con los reglamentos respectivos.
ll) Pronunciarse sobre la renuncia del Decano y declarar la vacancia del cargo.
m) Designar al Secretario Académico-Administrativo de la Facultad a propuesta del Decano.
n) Elaborar y proponer la modificación del Reglamento Interno de la Facultad.
ñ) aprobar o modificar el reglamento interno de la Facultad y elevarlo al Consejo Universitario para su ratificación.
o) Adoptar las medidas necesarias para el mejoramiento del desarrollo académico y administrativo de la Facultad.
p) Aprobar las licencias por perfeccionamiento, de conformidad con el Reglamento de Docentes.
q) Las demás que fijen el Reglamento General de la Universidad e Interno de la Facultad.

CONSEJO UNIVERSITARIO


Art.55 El Consejo Universitario es el órgano superior de dirección, ejecución, evaluación y promoción de la Universidad Privada de Tacna (UPT) y está integrado por:
a. El Rector, quien lo preside.
b. Los Vice Rectores.
c. Los Decanos de las Facultades y el Director de la Escuela de Post Grado.
d. Los representantes de los estudiantes en una proporción de un tercio de miembros del Consejo Universitario. Si para establecer el tercio estudiantil, queda fracción, se redondeará al número entero inmediato superior.
e. Un representante de los graduados como miembro supernumerario. Podrán participar en las sesiones del Concejo Universitario, el Presidente de la Federación de Estudiantes y el representante del gremio docente, con voz pero sin voto. Actuará como Secretario Técnico, el Secretario General de la Universidad; asimismo y cuando sean requeridos, asistirán los funcionarios del más alto nivel en calidad de asesores y/o para rendir informes, sólo con voz.(modificado por R.R. Nº 1194-96-UT-R, de fecha 28.11.96)
Art.56 Los representantes de los estudiantes y graduados son elegidos por un (01) año.
Art.57 Son atribuciones del Consejo Universitario:
a. Aprobar a propuesta del Rector el Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad.
b. Aprobar el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de Elecciones y todos los demás Reglamentos.
c. Aprobar el Presupuesto General de la Universidad y controlar su ejecución.
d. Aprobar el Calendario Académico de la Universidad.
e. Proponer a la Asamblea Universitaria, la creación, fusión, supresión o reorganización de Facultades, Escuelas, Departamentos, Centro e Institutos, Escuela de Post Grado y Programas Especiales.
f. Ratificar los Planes de Estudios o de trabajo aprobados por las Facultades y demás unidades académicas.
g. Conferir las distinciones honoríficas.
h. Conferir los Grados Académico y otorgar los Títulos Profesionales aprobados por las Facultades y por la Escuela de Post Grado.
i. Reconocer y revalidar los estudios, Grados y Título de Universidades extranjeras, si está autorizado para hacerlo.
j. Aprobar anualmente el número de vacantes para el examen de ingreso, previa propuesta de las Facultades.
k. Nombrar, contratar, remover y ratificar a los profesores y personal administrativo de la Universidad, a propuesta en su caso de las respectivas Facultades.
l. Declarar en receso temporal a la Universidad o a cualquiera de sus Unidades Académicas, cuando las circunstancias lo requieran; con cargo de informar a la Asamblea Universitaria.
ll. Aceptar legados y donaciones a nombre de la Universidad Privada de Tacna (UPT).
m. Acordar la suscripción de convenios.
n. Ejercer en instancia revisora el poder disciplinario de los integrantes de la Universidad.
ñ. Absolver consultas referentes a la interpretación del Estatuto de la Universidad.
o. Conocer y resolver en vía de apelación los acuerdos de los Consejos de Facultades y las resoluciones de los Decanos.
p. El Consejo Universitario puede conformar Comisiones, las que rendirán cuenta del pleno cumplimiento de su tarea.
q. Llevar el Registro de Grados y Títulos expedidos por la Universidad.
r. Nombrar y remover al Secretario General, Directores o Jefes de Unidades Administrativas.
s. Autorizar la ausencia y/o viajes del Rector y/o Vice Rectores mayores a cinco (05) días y recibir informe documentado de las gestiones y gastos realizados.
t. Aprobar la Memoria Anual del Rector, antes de su presentación a la Asamblea Universitaria.
u. Conocer, resolver y ejecutar todos los demás asuntos que no estuvieren expresamente encomendados a otras autoridades universitarias.

ASAMBLEA UNIVERSITARIA


Art.50 La Asamblea Universitaria es el máximo organismo normativo de la Universidad Privada de Tacna (UPT) y está integrada por:
a. El Rector, quien la preside.
b. Los Vice Rectores.
c. Los Decanos de las Facultades y el Director de la Escuela de Post Grado.
d. Los representantes de los profesores ordinarios en número igual al doble de la suma de las Autoridades a que se refieren los incisos anteriores y en la proporción siguiente:
- 1/2 de profesores principales,
- 1/3 de profesores asociados,
- 1/6 de profesores auxiliares.
e. Los representantes de los estudiantes en la proporción de 1/3 del número total de miembros. Si para establecer el tercio resultase fracción, se redondeará al número entero inmediato superior.
f. Los representantes de los graduados, en número no mayor al de la mitad del número de Decanos. Cuando se considere conveniente podrán asistir en calidad de invitados a las sesiones de la Asamblea, el Presidente de la Federación de Estudiantes, el representante del Gremio Docente, un representante de los trabajadores administrativos y otro de la Iglesia Católica de la localidad...

Art.53 La Asamblea Universitaria representa a la comunidad universitaria de la Universidad
Privada de Tacna (UPT) y tiene como atribuciones las siguientes:
EN SESIÓN EXTRAORDINARIA:
a. Reformar el Estatuto, con el voto favorable de los 2/3 de sus miembros hábiles. (Modificado por Res. Nº 022-2002-UPT-AU, de fecha06.02.02)
b. Elegir al Rector y a los Vice Rectores,
c. Declarar la vacancia de los cargos de Rector y Vice Rectores.
d. Elegir anualmente el Comité Electoral Universitario.
e. Elegir y/o ratificar anualmente al Jefe de Control Interno entre una terna propuesta por el Consejo Universitario. (Adicionado por Res. Nº 027-2002-UPT-AU, de fecha 07.06.02)
EN SESIÓN ORDINARIA:
a. Aprobar la creación, fusión, reorganización y autorizar su funcionamiento, así como la supresión de Facultades, Escuelas, Institutos, Centros, Departamentos, Escuela de Post Grado, etc. a propuesta del Consejo Universitario.
b. Ratificar el Plan Anual de Desarrollo aprobado por el Consejo Universitario.
c. Pronunciarse sobre la memoria anual del Rector y evaluar el funcionamiento de la Universidad.
d. Elegir a los miembros del Tribunal de Honor.
e. Ratificar el Presupuesto Anual de la Universidad aprobado por el Consejo Universitario.
f. Otros que determine el presente Estatuto.

Comité Electoral


El Art. 252º del Estatuto de la Universidad Privada de Tacna establece que: El Comité Electoral es autónomo y se encarga de organizar, conducir y controlar los procesos electorales dentro de la UPT, así como de pronunciarse sobre las reclamaciones que se presenten
El Comité Electoral está integrado por los siguientes docentes y estudiantes:
Mag. Luis Rodríguez Hinojosa (Presidente) FAEDCOH
Abog. Vicente Zeballos Salinas (Vice Presidente) FADE
Mag. Patricia Nué Caballero (Secretaria) FAEDCOH
Lic. Ascención Américo Flores Flores (Pro Secretario) FACEM
Mag. Víctor Arias Santana (Vocal) FAMH
Mag. Gabriela Heredia Alvarez (Vocal) FAU
Est. Miguel Angel Hervas Espinoza FAING
Est. Elvi Reynoso Paco (Vocal) FADE
Est. María angela Páucar Chambilla